POLITICA INTEGRAL

PRISMA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD LTDA., se dedica a la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada, bajo las modalidades de vigilancia fija, móvil, escolta a personas, vehículos y mercancías con la utilización de armas de fuego y medios tecnológicos, en los diferentes sectores económicos del país, nos comprometemos a:

  • Respetar la vida humana, la dignidad de las personas y los Derechos Humanos como prioridad fundamental, evitando, previniendo y reduciendo la probabilidad y las consecuencias de los eventos perturbadores e indeseables.
  • Cumplir con los requisitos legales, reglamentarios, contractuales, organizacionales y voluntarios que suscriba la empresa, para prestar un servicio de calidad e innovador, destinando los recursos financieros, humanos, técnicos y tecnológicos, que sean necesarios para lograr los objetivos previstos por la organización, apoyados en personal idóneo.
  • Fomentar la mejor calidad de vida para los trabajadores con el compromiso del COPASST identificando los peligros, evaluando y controlando todos los riesgos a los que están expuestos, en la promoción y prevención de enfermedades laborales y accidentes de trabajo, principalmente los originados en peligro público, psicosocial, mecánico, vial y por caídas, controlando el impacto socioambiental, evitando daños a la propiedad y a terceros.
  • Proteger el medio ambiente, previniendo y minimizando la contaminación que genera, controlando la magnitud e impacto ambiental de sus actividades, principalmente en lo que se refiere al consumo de recursos tales como agua y energía eléctrica y la generación de residuos.
  • Asegurar el cumplimiento de los reglamentos internos y el marco normativo en LA/FT, aplicando de forma eficaz los controles pertinentes, fortaleciendo la cultura de gestión del riesgo de LA/FT/FP. para prevenir actos ilícitos como narcotráfico, terrorismo, lavado de activos, contrabando, corrupción, soborno o cualquier otra actividad ilícita que afecte la integridad de la compañía, el bienestar y seguridad de nuestros clientes, proveedores, colaboradores, contratistas y partes interesadas.
  • Promover la seguridad en la cadena de suministro y la seguridad en el uso de tecnologías de la información.
  • Mantener y mejorar continuamente nuestro Sistema Integrado de Gestión, enfocados siempre hacia la satisfacción del cliente y cumpliendo con los requisitos de nuestros grupos de interés.

 

Esta política será la base para establecer los objetivos del Sistema Integrado de Gestiòn y será publicada en todos los centros de trabajo y divulgada a todas las personas que trabajan bajo el control de la organización y estará disponible para las partes interesadas.

 

POLÍTICA DE NO TABAQUISMO, ALCOHOLISMO, FARMACODEPENDENCIA Y OTRAS ADICCIONES

 

PRISMA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD LTDA., es consciente que el alcoholismo, el tabaquismo, la drogadicción, el abuso de sustancias psicoactivas, drogas enervantes u otras adicciones que creen dependencia por parte de los trabajadores, que tienen efectos adversos en la capacidad para desempeñarse en forma adecuada y afecta seriamente la salud, la seguridad, la eficiencia y productividad de la organización en general.

 

PRISMA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD LTDA., acata las leyes, normas y conductas que rigen los principios de conservación de la salud pública, apoyado en la Resolución 1075/1992, Resolución 2400 / 79 Título I Cap. III Art. 3 literal f, Decreto 356 de 1994 Art. 88, Decreto 1072 de 2025 y demás normas sobre la materia.

 

La empresa brindará capacitaciones con el fin de conseguir la participación activa de todos los niveles de la organización en la prevención del alcoholismo, el tabaquismo, la drogadicción, el abuso de sustancias psicoactivas, drogas enervantes u otras adicciones, e informar y concientizar a las personas sobre los efectos negativos.

 

Por lo anterior se ha establecido la siguiente política:

 

PRISMA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD LTDA., tiene como política empresarial prevenir entre sus trabajadores los efectos nocivos derivados del consumo de bebidas alcohólicas, cigarrillo (tabaco), sustancias psicoactivas, drogas y otras adicciones comportamentales (juego, nuevas tecnologías, etc.), para lo cual desarrolla actividades de promoción, divulgación y capacitación, dirigidas a informar a los trabajadores de los daños producidos por estas sustancias.

 

SE PROHÍBE:

  • Laborar bajo la influencia de alcohol o cualquier sustancia psicoactiva o droga, por los efectos nocivos y el peligro que representa para la integridad física y emocional de sus compañeros y de la comunidad en general.
  • El consumo de bebidas alcohólicas, cigarrillos, sustancias psicoactivas o drogas enervantes o que creen dependencia, en las instalaciones, vehículos y áreas de trabajo de la empresa.
  • Ningún trabajador debe involucrarse en la fabricación, distribución, posesión o venta de sustancias controladas, en virtud del respeto por los valores éticos y morales.
  • Respecto a otras adicciones, se encuentra totalmente prohibido el uso del celular en su horario de trabajo con fines para acceder a las redes sociales, chats y demás, ya que ello induce a que los trabajadores presenten distracciones y descuiden como tal el servicio.
  • Igualmente se prohíbe a los trabajadores que en los lugares de trabajo practiquen cualquier tipo de juego de azar (cartas, canicas, apuestas, etc.), ya que se salen totalmente de la labor para la cual fueron contratados y afecta por lo tanto la prestación del servicio.

 

Se puede requerir a los colaboradores para que se sometan a evaluaciones médicas o exámenes de laboratorio en forma aleatoria, al ingreso, durante la relación laboral o después de accidentes o incidentes significativos o cuando existan motivos para sospechar de la utilización indebida de alcohol, drogas, sustancias alucinógenas, psicoactivas, enervantes o que creen dependencia.

La empresa efectuará pruebas o exámenes en forma aleatoria y periódica sin previo aviso a todos los colaboradores, el rechazo del trabajador a someterse a las mencionadas pruebas, así como la aceptación del resultado positivo, constituyen causal para sanciones disciplinarias, incluyendo la terminación del contrato de trabajo.

 

El cumplimiento de esta Política es de todos los trabajadores; los supervisores, jefes, directores y directivos de la compañía, tienen la responsabilidad de informar sobre los cambios que observen en los trabajadores en su desempeño o comportamientos que indiquen que el trabajador pueda tener problemas de drogas, alcohol, tabaquismo y otras adicciones, motivándolos a que participen en programas para su tratamiento.

 

Ante el incumplimiento de esta política, la empresa puede adoptar medidas disciplinarias, aplicar sanciones e inclusive dar por finalizado el contrato de trabajo por justa causa.

 

Esta política será publicada en todos los centros de trabajo y divulgada a todas las personas que trabajan bajo el control de la organización y estará disponible para las partes interesadas.

 

POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL

 

PRISMA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD LTDA., al implementar el Plan Estratégico de Seguridad Vial, se compromete a mejorar continuamente y alcanzar los propósitos en materia de prevención de los accidentes que se presentan en la vía, a través de nuestros colaboradores que participaran en la implementación de medidas de prevención y control de accidentes de tránsito, y en la implementación de programas de manejo defensivo  y seguridad física, el desarrollo de programas de inspecciones y mantenimiento oportuno a vehículos y motocicletas, el obedecimiento de las leyes y regulaciones nacionales emanadas por el Ministerio de Transporte y el control de la calidad del servicio prestado.

Para dar cumplimiento a esta política la empresa define los siguientes controles:

  • Alto compromiso en el desarrollo de pausas activas para los conductores de la organización con el fin de optimizar los descansos y regular las horas máximas dentro de la jornada laboral.
  • Regulación de la velocidad a través de capacitaciones que ayuden a identificar la normatividad vigente como lo es la Resolución 1384 del 2010 del Ministerio de Transporte.
  • Evitar distracciones cuando se está conduciendo, Prisma Compañía de Seguridad Ltda., aprueba el uso de móviles con fines laborales, pero prohíbe que los conductores hagan uso de estos mientras se está conduciendo, si el conductor necesita realizar una llamada personal o laboral deberá detener el vehículo y hacer la llamada de forma segura.
  • Uso obligatorio de los elementos de protección (EPP), para personal motorizado donde se establece traje de antifricción con apliques que cubren columna, codos, rodillas y brazos, y botas espina de pescado según exigencia mínimas de calidad según lo establecido por la ley y normatividad. En caso de no realizar el cumplimiento se realizará actividades de capacitación y orientación al personal motorizado sobre el uso adecuado de los EPP y se establecerán compromisos educativos.
  • Es compromiso de los integrantes de la compañía acatar la reglamentación de tránsito y transporte vigente y hacer pago oportuno de las multas consecuencia de las infracciones de tránsito; la compañía hará seguimientos a este tema específico.
  • Los integrantes de la compañía deben asistir a las capacitaciones programadas internas y/o externas sobre temas de seguridad vial o las que se desprendan de su actividad para mejorar la gestión del transporte.
  • Queda prohibido en horas laborales transportar en los vehículos utilizados para la operación de la compañía, personal no autorizado, ante cualquier eventualidad el conductor será el único responsable del bienestar, seguridad y prestaciones asistenciales y económicas a que haya lugar.
  • El conductor es responsable de portar los documentos exigidos por la normatividad y velar por su vigencia, se contará con un área encargada de hacer control a esta documentación.
  • En caso de verse involucrado en un accidente de tránsito el personal deberá aplicar el protocolo definido por la Compañía.
  • Es obligatorio que todos los ocupantes del vehículo utilicen el cinturón de seguridad. El conductor de motocicleta debe portar el casco debidamente asegurado.
  • La empresa velara por el adecuado uso de la infraestructura de las vías internas y externas, de igual manera adecuara las instalaciones utilizadas como zonas de parqueo y zonas peatonales.
  • Los vehículos y motocicletas deben estar en adecuadas condiciones mecánicas y de seguridad, para lo cual se llevará a cabo el plan de mantenimiento vehicular y las inspecciones preoperacionales, así como, inspecciones de control aleatorias.
  • Los Proveedores y contratistas, son responsables de la aplicación de las disposiciones establecidas y divulgadas por Prisma Compañía de Seguridad Ltda., en el manual de normas de seguridad vial.

 

PRISMA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD LTDA., dispondrá de los recursos que sean necesarios para apoyar, estimular y reconocer el buen desempeño de sus colaboradores así como dispondrá de medidas disciplinarias ante la desobediencia de la presente política.

 

POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE ACOSO LABORAL

 

PRISMA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD LTDA., busca generar un ambiente de trabajo sano seguro y adecuado para todos los trabajadores de la Organización y se compromete a prevenir y erradicar las conductas de acoso laboral y a defender el derecho de todos los trabajadores para ser tratados con dignidad en el trabajo.

 

Los trabajadores deberán colaborar conjuntamente en la implementación del plan de prevención contra el acoso laboral en el lugar de trabajo.

 

Cualquier persona que incurra en un comportamiento de acoso laboral hacia un subalterno o compañero de trabajo, será sujeta a investigación de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente y los procedimientos internos de la compañía y se impondrán las respectivas medidas disciplinarias.

 

DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD SISTEMA DE GESTIÓN PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD PRIVADA

 

PRISMA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD LTDA., con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones planificadas establecidas en la Norma Técnica ISO 18788:2018, manifiesta su declaración de conformidad y su responsabilidad para respetar los Derechos Humanos, de acuerdo con lo establecido en los siguientes requisitos:

 

  1. Código de conducta internacional para proveedores de servicios de seguridad privada (ICoC).
  2. Documento de MONTREUX. Sobre las obligaciones jurídicas internacionales pertinentes y las buenas prácticas de los Estados en lo que respecta a las operaciones de las empresas militares y de seguridad privadas.
  3. Principios rectores sobre las empresas y los Derechos Humanos. Puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para «proteger, respetar y remediar».
  4. Principios voluntarios de seguridad y derechos humanos.

 

De acuerdo con lo anterior se compromete a:

  • Incentivar el trato respetuoso entre todos los trabajadores de la empresa.
  • Adoptar las normas para el uso de la fuerza de conformidad con el derecho aplicable.
  • No permitir que algún empleado al servicio de la empresa tome o retenga a ninguna persona, excepto cuando dicha retención sea por razones propias del servicio.
  • No permitir que algún empleado al servicio de la empresa cometa torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes contra otras personas.
  • No permitir que algún empleado al servicio de la empresa participe en actividades de explotación sexual, el abuso o la violencia de Género.
  • No permitir la trata de seres humanos.
  • Prohibir la esclavitud y el trabajo forzado.
  • Prohibir el trabajo infantil
  • No discriminar en la contratación del personal por motivos de raza, color, sexo, religión, origen social, condición social.
  • Exigir el cumplimiento de las normas de identificación y registro de personal, vehículos, equipos y materiales peligrosos.
  • Incorporar el Código de Conducta (ICoC) a las políticas de la empresa.
  • Ejercer la debida diligencia en la selección del personal, mediante la verificación de los antecedentes personales y la evaluación permanente del desempeño del personal.
  • Establecer políticas adecuadas para el correcto manejo de la documentación de los contratos y las hojas de vida de los trabajadores.
  • Capacitar permanentemente al personal en lo que hace referencia al respeto por los Derechos Humanos, el uso de armas de fuego, el uso adecuado de la fuerza, entre otros aspectos.
  • Realizar el adecuado control de las armas y municiones al servicio de la empresa, de acuerdo con los requisitos establecidos por ley.
  • Establecer e implementar procedimientos para la notificación e investigación de incidentes, incluyendo las medidas correctivas para evitar nuevamente su ocurrencia.
  • Garantizar a los trabajadores un entorno de trabajo seguro y saludable, no permitiendo las conductas de acoso laboral.
  • Establecer e implementar procedimientos para atender las quejas y reclamos de los clientes y demás grupos de interés, respecto a trasgresiones a los Derechos Humanos y a los principios del Código de Conducta (ICoC)
  • Hacer frente a las consecuencias negativas sobre las violaciones a los derechos humanos, tomando las medidas necesarias para prevenirlas, mitigarlas y dado el caso para remediarlas.
  • Mantener la capacidad financiera para hacer frente a todas las responsabilidades contractuales, referente a las faltas cometidas contra los Derechos Humanos.

 

POLÍTICA DEL DELATOR

 

PRISMA COMPAÑÍA DE SEGURIDAD LTDA., con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones planificadas establecidas en la Norma Técnica ISO 18788:2018, establece la siguiente Política del Delator que se rige por los siguientes principios:

 

  • Se invita a todos los colaboradores de la organización y demás partes interesadas, que en el momento que tengan conocimiento o creencia razonable de posibles conductas o hechos, que puedan convertirse o son faltas o delitos en contra de los Derechos Humanos o el Código de ética de la organización, sean denunciadas de forma oportuna a la Gerencia.
  • Toda denuncia se puede hacer de forma anónima y se tratará de manera confidencial.
  • No se tomará ninguna represaría contra ningún individuo, por el hecho de presentar un reporte internamente de buena fe o ante las autoridades competentes.
  • Se reportará a las autoridades competentes y al cliente, toda violación de ley y de los Derechos Humanos.
  • Se tomarán las correcciones y acciones correctivas necesarias, en el momento de recibir una denuncia, con el fin de prevenir posibles eventos indeseados y perturbadores, que puedan afectar las operaciones de organización, o sean delitos o faltas contra los Derechos Humanos.

 

Los empleados y demás partes interesadas pueden hacer sus denuncias, a través de los correos electrónicos subgerencia@prismaseguridad.com.co o a la línea de celular y WhatsApp 310 881 08 45.

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